Regencias

Implica la inscripción del regente farmacéutico, que se encuentra al día en sus obligaciones y que cuenta con la autorización para ejercer, por lo tanto, dicho certificado a la vez indica que el farmacéutico es miembro activo. De esta manera se cumple con el documento  solicitado nombrado en el Anexo F, inciso 2. del Manual de Normas para la Habilitación de Farmacias N°31969-S. Este certificado se debe renovar cada año con por lo menos 15 días de antelación a su vencimiento.

GRD Bufete tiene amplia experiencia en este tipo de tramitación y le facilita toda logística para hacerlo de la manera más eficientemente posible.