Fármacos
Toda persona, física o jurídica que desee fabricar, comercializar, importar y distribuir Fármacos de nombre determinado y marca de fábrica que se comercialicen en el territorio nacional, deberá estar previamente inscritos en el Ministerio de Salud ya sea en el Registro Sanitario de Fármacos o el Registro de Importadores de Fármacos.
Solo podrán registrarse Fármacos que hayan sido elaborados en establecimientos que cuenten con permiso de funcionamiento al día o en caso de ser importados que sean de libre venta en el país de origen. La inscripción no excluirá la responsabilidad plena de las personas físicas o jurídicas que hayan fabricado, elaborado o importado el fármaco en cuanto a su garantía sanitaria, calidad o inocuidad.
GRD Bufete tiene amplia experiencia en este tipo de registro sanitario y le facilita toda logística para hacerlo de la manera más eficientemente posible.